8 octubre, 2015
IMPUESTOS NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenas tardes, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles en la realización de sus actividades empresariales y profesionales, a continuación le comentamos que el día de hoy 8 de octubre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el nuevo REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, cuya vigencia iniciará a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF.
En razón de lo anterior, se abroga el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado el 17 de octubre de 2003 en el DOF y se derogan en lo que se opongan a este Reglamento las disposiciones de carácter administrativo, reglas, consultas e interpretaciones de carácter general contenidas en circulares o publicadas en el DOF en materia del Impuesto Sobre la Renta.
La estructura de este nuevo ordenamiento se mantiene prácticamente de igual forma que el Reglamento abrogado, excepto por todas aquellas adecuaciones pertinentes y referencias a los Títulos, Capítulos y Artículos respectivos, que se derivan como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta desde el 1 de enero de 2014, como se indica a continuación:
Título I Disposiciones Generales
Capítulo Único del Artículo 1 al 12
Título II De las Personas Morales
Disposiciones Generales del Artículo 13 al 14
Capítulo I De los Ingresos del Artículo 15 al 29
Capítulo II De las Deducciones
Sección I De las Deducciones en General del Artículo 30 al 72
Sección II De las Inversiones del Artículo 73 al 76
Sección III Del Costo de lo Vendido del Artículo 77 al 84
Capítulo III Del Ajuste por Inflación del Artículo 85 al 88
Capítulo IV De las Instituciones de Crédito, de Seguros y de Fianzas, de los Almacenes Generales de Depósito, Arrendadoras Financieras y Uniones de Crédito del Artículo 89 al 96
Capítulo V Del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades Artículo 97
Capítulo VI De los Coordinados del Artículo 98 al 101
Capítulo VII Del Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras del Artículo 102 al 106
Capítulo VIII De las Obligaciones de las Personas Morales del Artículo 107 al 125
Título III Del Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos del Artículo 126 al 141
Título IV De las Personas Físicas
Disposiciones Generales del Artículo 142 al 161
Capítulo I De los Ingresos por Salarios y en General por la Prestación de un Servicio Personal Subordinado del Artículo 162 al 183
Capítulo II De los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales Artículo 184
Sección única De las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales del Artículo 185 al 193
Capítulo III De los Ingresos por Arrendamiento y en General por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles del Artículo 194 al 199
Capítulo IV De los Ingresos por Enajenación de Bienes del Artículo 200 al 215
Capítulo V De los Ingresos por Adquisición de Bienes del Artículo 216 al 219
Capítulo VI De los Ingresos por Intereses del Artículo 220 al 233
Capítulo VII De los Ingresos por Obtención de Premios del Artículo 234 al 235
Capítulo VIII De los Demás Ingresos que Obtengan las Personas Físicas del Artículo 236 al 240
Capítulo IX De los Requisitos de las Deducciones del Artículo 241 al 259
Capítulo X De la Declaración Anual del Artículo 260 al 269
Título V De los Residentes en el Extranjero con Ingresos Provenientes de Fuente de Riqueza Ubicada en Territorio Nacional del Artículo 270 al 293
Título VI De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales del Artículo 294 al 302
Título VII De los Estímulos Fiscales del Artículo 303 al 313
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
DE LOS ARTÍCULOS PRIMERO AL NOVENO
En breve enviaremos nuestros comentarios y análisis con respecto a las modificaciones, adiciones y ajustes correspondientes a las diversas disposiciones establecidas en el citado Reglamento que consideremos significativas, mediante el “TIP FISCAL” correspondiente.
Esperamos que la información anterior les sea de utilidad y les ayude en la toma de decisiones para el ejercicio en curso a efectos de obtener “Resultados óptimos” para nuestras empresas.
Sin otro asunto de momento, les enviamos un cordial y afectuoso saludo.
Contáctanos para lograr Resultados Óptimos.