El SAT otorga las siguientes facilidades para expedir los comprobantes fisales digitales por internet (CFDI):
- Hasta el 31 de marzo de 2023 podrás seguir utlizando el CFDI en la versión 3.3. y el CFDI que ampara retenciones e información de pagos en la versión 1.0., asì como sus respectivos complementos de pago.
- Hasta el 31 de julio de 2023 podrás expedir el CFDI con complemento Carta Porte, sin la totalidad de los requisitos que se contienen en el Instructivo de llenado.
Si tienes alguna duda en cuanto a la expedición de tus comprobantes, acercate con los expertos.
Adicionalmente, el SAT dio a concer su segundo periodo general de vacaciones del 2022, del 19 al 30 de diciembre de 2022.
Lo anterior, se dio a conocer en la Segunda versión anticipada a la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
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