Les recordamos que las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple No Reguladas (en lo sucesivo, entidades financieras), deberán presentar su Manual en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (Manual PLD/FT), con las adecuaciones correspondientes a las mejores prácticas aplicables a los reportes de operaciones inusuales (ROI´s) e internas preocupantes (ROIP´s), a más tardar el 26 de abril de 2019.
Lo anterior, siempre y cuando las entidades financieras manifestaran su voluntad de adoptar las mejores prácticas e integrarlas en el Manual de PLD/FT, con previa aprobación del Comité de Comunicación y Control (CCC), o en su caso del Oficial de Cumplimiento, a través del envío de un escrito libre a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Cabe señalar, que las mejores prácticas fueron emitidas por la Unidad de Inteligencia Financiera de México, con el objeto de fomentar la elaboración y clarificación de los reportes que emitan dichas entidades financieras.
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