Conforme lo hemos venido informando, de acuerdo a la disposición transitoria tercera, fracción I de la Ley para regular las instituciones de Tecnología Financiera (ITF), el día 10 de septiembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las disposiciones de carácter general, emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), aplicables a las ITF.
Dichas disposiciones entrarán en vigor a los 15 días siguientes al de su publicación en el DOF; y respecto a la contabilidad y revelación de información financiera será el 01 de enero de 2020.
En este sentido, se ratifica la regulación que contempla los aspectos que deberán observar las ITF en las siguientes materias:
1) Información y documentación para solicitar la autorización para actuar como ITF;
2) Capital mínimo;
3) Límites para la recepción de recursos en efectivo y transferencia de recursos;
4) Contabilidad y revelación de información financiera;
5) Constancia electrónica sobre riesgos que deberán obtener de sus clientes las instituciones de financiamiento colectivo;
6) Metodología de evaluación, selección y calificación de solicitantes y proyectos;
7) Límites de recursos que las instituciones de financiamiento colectivo podrán mantener a nombre de sus clientes;
8) Mandatos y comisiones, y
9) Plan de continuidad de negocio.
Por su parte, también se publicaron las Disposiciones de Carácter General regulatorias de las obligaciones previstas en el artículo 58 de la Ley para regular las ITF emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tendientes a establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones para prevenir el financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita, así como presentar los reportes sobre los actos, operaciones y servicios que las ITF realicen con sus clientes, dentro de las que destacan las siguientes:
Enfoque basado en riesgo;
Debida diligencia del cliente;
Clasificación del grado de riesgo del cliente;
Estructuras internas de las ITF;
Oficial de cumplimiento;
Capacitación y difusión;
Reserva y confidencialidad;
Reporte de operaciones relevantes, inusuales, en moneda extranjera e internacionales;
Reporte de operaciones con activos virtuales, operaciones preocupantes;
Intercambio de información con otras entidades financieras; y
Manual de cumplimiento.
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