Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenas tardes, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarles información y elementos útiles para su actividad empresarial y profesional, les recordamos que de conformidad con lo establecido por las diversas disposiciones regulatorias aplicables a las sociedades financiera de objeto múltiple (SOFOM’s) no reguladas, se deberá practicar una revisión anual, para evaluar y dictaminar el cumplimiento de las medidas de control implementadas para la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, ya sea por parte del área de auditoría interna, o bien, por un auditor externo independiente.
En este sentido, las SOFOM´s no reguladas tienen la obligación de presentar ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el informe anual correspondiente a los periodos comprendidos del 18 al 31 de diciembre de 2011 y del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012. Este informe deberá presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes al cierre del ejercicio de 2012, es decir a más tardar el 1 de marzo de 2013.
Es importante mencionar que la CNBV en diversos foros y comunicados ha manifestado que el incumplimiento de esta obligación pone en riesgo las operaciones que realicen las SOFOM´s, además de su propia reputación, aunado a la pérdida de acceso a los servicios financieros e incluso la cancelación de sus cuentas bancarias en las instituciones de crédito, en adición a la imposición de posibles sanciones económicas, en su caso.
Con todo gusto conjuntamente con nuestra área especializada en esta materia, nos ponemos a su disposición para aclarar cualquier duda y brindar el apoyo técnico que requieran sobre esta situación en particular.
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