En días pasados corrió la noticia de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) empezaría a gravar, vía retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), a las personas que reciban propinas por trabajar en restaurantes, hoteles, bares, fondas y otros establecimientos análogos.
A este respecto, el pasado domingo vía comunicado, el SAT informó que dicha notica es falsa pues desde el 2015, en virtud de la publicación del criterio normativo 43/ISR/N, dicho órgano sostiene la postura de que las propinas forman parte del salario recibido por la persona física y en consecuencia son integrantes de la base para efectuar el cálculo de la retención del ISR mensual que debe efectuar el patrón de dicha persona física.
En este sentido, desde ese año, es conocido que las propinas deben gravarse, pues además, la Ley Federal del Trabajo establece que las propinas percibidas por los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos, son parte del salario del trabajador.
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