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Nif c-15 “deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición”

Nif c-15 “deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición”

Negocios

El pasado mes de enero de 2017, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (“CINIF”), llevó a cabo mejoras al Boletín C-15, “Deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición”.

En este sentido, es importante señalar que dichas mejoras son clasificadas por el CINIF en dos secciones: (i) las que generan cambios contables y tienen un efecto en la valuación, presentación y revelación en los estados financieros, y (ii) las que únicamente obedecen a establecer precisiones en el contenido de las mismas con un planteamiento normativo más claro y comprensible, sin generar cambios contables.

En razón de lo anterior, el CINIF emitió precisiones al citado Boletín C-15, con relación a la presentación y reconocimiento contable del “abandono de activos”, el cual establecía; que al ocurrir un abandono de activos de larga duración, se tendría que tratar de acuerdo a las disposiciones señaladas en el párrafo 38 del Boletín C-6, Inmuebles, maquinaria y equipo, sin embargo dichas disposiciones dejaron de tener efecto a partir del 1 enero de 2011, debido a la entrada en vigor de la NIF C-6, propiedades, planta y equipo.

Por lo tanto, el derogado Boletín C-6 señalaba que, al abandonarse un activo este se registraría a su valor de realización, y si este era inferior al valor neto en libros, la perdida se tendría que reconocer en resultados del ejercicio. Atendiendo su importancia relativa, el activo fijo se presentaría en un renglón especial.

En relación a lo anterior, la mejora efectuada al Boletín C-15, tuvo precisiones en su párrafo 99 y señala que, al abandonarse un activo de larga duración en uso, el nuevo valor neto en libros de un componente (menos su valor residual) debe depreciarse y asignarse a resultados sistemáticamente a lo largo de su vida útil hasta la consumación del abandono, y debe observar lo previsto en la NIF C-6, como a continuación se describe:

1.- El valor neto en libros de un componente debe darse de baja:

Por su disposición o abandono, y

Cuando no se espera obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición.

2.- Atendiendo la característica cualitativa de importancia relativa del activo, se debe considerar los siguientes supuestos:

Los componentes abandonados, componentes ocioso por un periodo prolongado con posibilidad de ponerse en servicio y componentes en curso de construcción deben de presentarse por separado del resto de las propiedades, planta y equipo;

No es necesario presentar por separado componentes temporalmente ociosos y con una certeza razonable de que serán puestos en servicio en breve; y

No es necesario presentar por separado los componentes totalmente depreciados que continúen en operación.

Atendiendo lo señalado anteriormente, se da por hecho que la precisión efectuada en el Boletín C-15, no genera cambios contables que pudieran tener un impacto significativo en los estados financieros.

En este contexto las Normas de Información Financieras, describe los conceptos siguientes como:

Valor Neto en Libros.- Es el saldo de un activo o un pasivo, deducido por la depreciación, amortización, deterioro o alguna otra forma de asignación acumulada, que le corresponda.

Valor Residual.- Es el monto neto en efectivo o equivalentes, que la entidad podría obtener actualmente por la disposición de un componente, como si este ya hubiera alcanzado la antigüedad y demás condiciones esperadas al término de su vida útil, después de haber deducido los costos derivados de su enajenación o de su intercambio.

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