Para recordarle que el pasado mes de junio de 2017, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) dio inicio al proceso de auscultación relativo al proyecto de la nueva Norma de Información Financiera (NIF) D-5 “Arrendamientos”, misma que propone su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2019.
En este contexto, a continuación se resumen algunas de las principales modificaciones y adiciones propuestas que existen en comparación con el actual “Boletín D-5 Arrendamientos” y la nueva “NIF D-5 Arrendamientos”; cuyas reglas cambian substancialmente la forma de reconocimiento contable de los contratos de arrendamiento puro u operativo así como financiero o capitalizable celebrados por el arrendatario, unificando su tratamiento.
Cabe señalar que el reconocimiento contable de las operaciones referidas por el arrendador no tiene cambios substanciales en relación con la aplicación del citado “Boletín D-5 Arrendamientos”; es decir el arrendador continuará clasificando los arrendamientos en operativos y financieros. Asimismo se hace necesario que aquellas empresas que como parte de sus operaciones tengan celebrados contratos de arrendamiento a largo plazo en su carácter de arrendatarios — cuyo objeto es el uso o goce de inmuebles así como de otros activos fijos de operación que por sus características fueron clasificados como operativos — deben evaluar el impacto que la nueva NIF D-5 tendrá en la formulación de sus estados financieros; en virtud de que el arrendatario deberá reconocer como activo y pasivo los derechos y obligaciones que se deriven por los arrendamientos.
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