El pasado 30 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de las Sociedades por Acciones Simplificada (“SAS”), conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (la “Ley”).
A partir del 1 de enero de 2020, las SAS no podrán rebasar en ingresos totales anuales la cantidad de $5,671,800.02 (Cinco millones seiscientos setenta y un mil ochocientos pesos 02/100 M.N.).
En caso que seas una SAS y tus ingresos totales anuales superen el monto indicado, deberás transformarte a cualquier otro régimen societario establecido en la Ley.
Contáctanos para lograr Resultados Óptimos.
¡ASESÓRATE!