Con fecha del 8 de septiembre de 2015, el Ejecutivo Federal hizo entrega a la Cámara de Diputados de la propuesta del “Paquete Económico” integrado por los Criterios Generales de Política Económica, el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, así como el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016.
Adicionalmente, se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados (en “Anexo C”), el proyecto de decreto por el que se reforman, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, cuya Iniciativa de Decreto también fue sometida por el Ejecutivo Federal en la fecha antes indicada.
En este sentido, el citado Paquete Económico para el ejercicio fiscal de 2016 será objeto de discusión y análisis, además de su aprobación definitiva en el seno del Congreso de la Unión; y por ende, el mismo podrá ser objeto de ajustes, adiciones o modificaciones que en su caso correspondan o se propongan; asimismo, tal y como se reiteró por el Ejecutivo Federal, no se proponen la creación de nuevos impuestos, incrementos o modificación a las tasas aplicables, como es el caso del impuesto al valor agregado aplicable en alimentos y medicinas.
Una vez que el contenido de las modificaciones, adiciones y derogaciones de las diversas leyes fiscales contenidas en el Paquete Económico en cuestión, hayan sido aprobadas por el Congreso de la Unión, y se den a conocer mediante su publicación formal en el Diario Oficial de la Federación, enviaremos nuestros comentarios que consideremos significantes con relación a las mismas.
Por lo tanto, en archivo adjunto encontrará nuestros comentarios sobre el análisis del contenido de diversas disposiciones fiscales de referencia, en materia del Impuesto sobre la Renta (ISR); del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; del Código Fiscal de la Federación (CFF), que consideramos relevantes, así como de las correspondientes a la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016 (“LIF”), misma que entrará en vigor a partir del día 1 de enero de este año.
Contáctanos para lograr Resultados Óptimos.
¡ASESÓRATE!