Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenas tardes esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarles información y elementos útiles para su actividad empresarial y profesional, les comentamos que durante el proceso de discusión y aprobación del “Paquete Económico”, que incluye la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013, la Cámara de Diputados efectuó ciertas modificaciones a la propuesta del Ejecutivo Federal, como sigue:
A) Condonación de créditos fiscales
Se adicionó un Artículo Tercero Transitorio en dicho ordenamiento, por medio del cual se condona total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en contribuciones federales cuya administración corresponda al Servicios de Administración Tributaria, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambas así como multas.
En este sentido, la condonación se refiere a créditos fiscales por contribuciones federales, cuotas compensatorias, recargos y multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago, actualizadas, causados con anterioridad al 1 de enero de 2007, además de los recargos causados por los periodos comprendidos del 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2012.
Esta condonación puede alcanzar el 80% de dichos créditos así como el 100% de los recargos, según el caso que corresponda.
Cabe señalar que esta condonación procederá previa solicitud a la autoridad fiscal, además de apegarse a las reglas necesarias para la aplicación de la condonación, mismas que se deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar en marzo de 2013.
En este sentido, sugerimos analizar si nos encontramos en este supuesto ya sea por créditos determinados por la autoridad pendientes de pago o por aquellos que hayan sido controvertidos antes los tribunales competentes y sobre los que no se ven posibilidades importantes de éxito.
B) Deducción de gastos médicos
Se eliminó la obligación de pagar mediante cheque o transferencia de fondos las deducciones personales por concepto de gastos médicos u hospitalarios que paguen las personas físicas y cuya deducción pretendan efectuar para fines de su declaración anual del impuesto sobre la renta.
C) Tasa del Impuesto sobre la Renta
La Cámara de diputados aprobó la disminución de la tasa corporativa para el ejercicio fiscal de 2014 en un 29% y en 2015 en adelante del 28%.
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