Con fecha 24 de julio de 2019, el SAT, a través de su portal de Internet dio a conocer de manera anticipada la segunda versión de la PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RMF para 2019; la cual entrará vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), misma que se encuentra pendiente de publicarse en el DOF.
Mediante dicha Resolución, se otorga una prórroga para la presentación del dictamen fiscal para el ejercicio 2018, así como de la demás información y documentación correspondiente, cuyo nuevo plazo será a más tardar el próximo 12 de agosto de 2019 (anteriormente 29 de julio).
Lo anterior será aplicable siempre y cuando las contribuciones que correspondan estén pagadas al 15 de julio de 2019, y esto quede reflejado en el anexo “Relación de contribuciones por pagar”; la cual en los casos en que no se cumpla con este requisito, el dictamen fiscal se considerará presentado en forma extemporánea.
Imposición de multas por parte de la STPS o, en su caso, de capitales constitutivos por el IMSS.
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