Derivado de la reciente emisión de varias normas contables, que entraron en vigor en 2018 y 2019, seguramente les han surgido varias inquietudes, al ver los resultados de su implementación y posiblemente les han surgido la duda de si han aplicado el reconocimiento de estas normas completa y correctamente.
Siempre en un año de inicio de la aplicación de cualquier norma, y en especial de estas que han tenido efectos importantes, es conveniente hacerse las reflexiones de si se han considerado todas las variables y consideraciones que prescriben estas normas para evaluar su correcto reconocimiento.
Sabemos que no es fácil el año de inicio, incluso el CINIF tiene un equipo de estudio de transición explorando los resultados de la implementación de estas normas para dar a conocer y hacer precisiones y sugerencias sobre su interpretación. Recientemente emitió la ONIF 4 “Asuntos a considerar para la aplicación de la NIF D-5, Arrendamientos”.
Las normas a las que nos referimos cuyos efectos hemos evaluado tuvieron efectos significativos en varias empresas tales como la NIF D-1 “Ingresos por Contratos con Clientes”, NIF C16 “Deterioro de instrumentos financieros por cobrar” y NIF D-5 “Arrendamientos”.
Las variables y consideraciones que enuncian cada norma tienen cierta complejidad que requiere ser analizada y hacerse las siguientes preguntas:
En el caso de la NIF D-1 “Ingresos por Contratos con Clientes”:
¿Se han identificado las obligaciones de desempeño a cumplir?
¿Se analizaron todos los contratos con los clientes?
¿Se documentó el proceso de la integridad de los contratos?
¿Se efectuó nuevamente un análisis para determinar cuál es el precio en cada obligación de desempeño?
¿Se analizó cuándo debe ser reconocido el ingreso conforme se satisface la obligación?
¿Los costos y gastos relacionados con los ingresos fueron reconocidos en el mismo período, conforme se fueron devengando?
Respecto a la NIF C16 “Deterioro de instrumentos financieros por cobrar”:
¿Se han efectuado los cálculos y análisis de las cuentas por cobrar para reconocer la estimación de las “Pérdidas Crediticias Esperadas”?
¿Se tuvieron los análisis de la experiencia histórica, las condiciones actuales y los pronósticos razonables de las condiciones de crédito que otorgan a sus clientes?
¿Se evaluaron todos los posibles eventos de incumplimiento de cada una de sus cuentas a las que les otorgan créditos?
¿Se aplicó el modelo de las tres etapas que prescribe la norma para el cálculo y valuación de la estimación de la pérdida de crédito esperada?
¿En el modelo se determinó la probabilidad de incumplimiento, la severidad de pérdida y el monto recuperable?
En el caso de la NIF D-5 “Arrendamientos”:
¿Si eres arrendatario o arrendador ya conoces el efecto que tendrás por el reconocimiento de esta norma?
¿Conoces las implicaciones que tendrá esta norma en tus estados financieros y los efectos en los indicadores financieros que en su caso te hayas comprometido en los contratos de financiamiento?
¿Se identificaron todos los contratos de arrendamiento y de servicio con características de arrendamiento?
¿Se han analizado si estos contratos califican en el alcance de la norma?
¿Se han analizado si estos contratos contienen activos de “bajo valor”?
¿Se ha revisado los plazos de los contratos y si estos serán renovados?
¿Se ha identificado la tasa de descuento implícita en los contratos o del arrendamiento?
¿Se determinaron los efectos iniciales acumulados y qué opción tomar en el reconocimiento inicial?
Finalmente para las tres normas mencionadas se tendría que hacer las siguientes preguntas:
¿Se hicieron los cambios en los sistemas de información?
¿Se actualizaron las políticas contables para su reconocimiento?
¿Se identificaron los controles para conciliar estos nuevos efectos con las bases fiscales, por sus implicaciones en el ISR causado y diferido?
¿Se capacitó al personal responsable de la obtención de estos registros contables?
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