El día 1 de septiembre del presente año inicia su vigencia el procedimiento para solicitar la autorización de cancelación de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) emitidos y la aceptación o negación del receptor del mismo, en su caso.
En este sentido, la aceptación o rechazo a la solicitud de cancelación efectuada por el emisor del CFDI, por parte del receptor, se establece con la finalidad de proteger a la persona a favor de quien se expide dicho comprobante fiscal, en contra de la cancelación indebida y unilateral de un CFDI emitido que ampare operaciones que realmente se han realizado e incluso que se han pagado efectivamente; y por lo tanto, se dé seguridad jurídica a las transacciones realizadas por los contribuyentes.
Para tales efectos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió reglas de carácter general a través de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 además del respectivo “Manual del Usuario-Cancelación de CFDI”, mismo que ya puede ser consultado en la página del SAT.
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