Con fecha 26 de abril de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), una serie de modificaciones importantes relacionadas con las “Disposiciones de Carácter General aplicables a las entidades emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNVB), que contraten servicios de auditoria externa para la preparación de estados financieros básicos”; las cuales entraran en vigor a partir del 1 de agosto de 2018.
En este mismo contexto, la CNVB en el ejercicio de sus facultades de supervisor, requiere que las entidades emisoras que contraten servicios de auditoría externa, den seguimiento y observancia a los siguientes supuestos que entre otros destacamos a continuación:
Las entidades emisoras, que estén sujetas a la supervisión de la CNVB, deben de dar seguimiento a la calidad de los servicios de auditoria externa que proporcionan los despachos o auditores externos,
El Comité de Auditoria o a quien se les designen las funciones correspondientes, deberán llevar a cabo las siguientes actividades:
Contribuir a la coordinación del trabajo entre el auditor interno y externo;
Fomentar el cumplimiento de las políticas contables;
Dar seguimiento a las actividades de auditoria externa;
Mantener una eficiente interacción y estrecha relación con el auditor externo;
Vigilar el cumplimiento de las medidas correctivas;
Es responsable de establecer políticas para evaluar al despacho o al auditor independiente;
Evaluar el desempeño del auditor;
Revisar el resultado de los informes u opiniones; y
Convocar al Auditor Externo como invitado a las cesiones del citado comité, teniendo derecho a voz, pero no a voto.
El auditor externo deberá informar al Comité de Auditoria lo siguiente:
Amenazas o riesgos que afecten la independencia del despacho o del auditor externo, a través de un informe detallado;
Equipo de auditoria asignado para ejecutar la misma;
Alcances y/o niveles de materialidad;
Programa de trabajo de auditoria;
Asuntos significativos relacionados al negocio del cliente;
Fomentar el cumplimiento de las políticas contables; y
Seguimiento a las actividades ejecutadas por auditoria externa, con base al programa de trabajo.
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