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Reglas del sat 2023: ley de ingresos de la federación y decretos

Reglas del sat 2023: ley de ingresos de la federación y decretos

Impuestos empresariales

A continuación, se comentan las modificaciones a las reglas que consideramos más relevantes que impactan a las empresas, en materia de La Ley de Ingresos de La Federación (LIF), DECRETOS y Transitorios:

DE LA LEY DEL INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

  • Devolución del IEPS acreditable por enajenación o importación de diésel o de biodiesel y sus mezclas.
Se elimina la posibilidad de solicitar la devolución del IEPS acreditable por enajenación o importación de diésel o de biodiesel y sus mezclas tratándose de contribuyentes personas físicas que se dediquen exclusivamente a actividades agropecuarias y silvícolas.

DE LOS DECRETOS

Se elimina el concepto de las obras que no se consideran artesanales del Decreto que otorga facilidades para el pago del ISR y del IVA a las personas dedicadas a las artes plásticas.

Asimismo, se elimina el concepto de museo de arte contemporáneo del Decreto que otorga facilidades para el pago del ISR y del IVA a las personas dedicadas a las artes plásticas.

Se adiciona la obligación del embalaje para la conservación de las esculturas.

Se elimina del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónico, las bases y manifestaciones del sorteo para “El buen fin”.

Se precisa que no se tendrá la obligación de pago de aprovechamientos cuando no se generen premios ni ganadores en los términos del Permiso para la 12ª edición del Sorteo otorgado por la Dirección General de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación.

Se adicionan a los requisitos para la devolución del estímulo o el excedente del IEPS por la enajenación de combustibles en la frontera sur, la entrega de papeles de trabajo en el que se distingan la disminución del costo de adquisición de las gasolinas por cuya enajenación aplicó el estímulo fiscal.

En la devolución del excedente del estímulo fiscal complementario de los combustibles automotrices, se adiciona a los requisitos que la información proporcionada debe corresponder a los papeles de trabajo.

DE LOS ARTICULOS TRANSITORIOS

  • Octavo y Noveno
Se mantiene la facilidad para los contribuyentes obligados a expedir CFDI, de emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos de emitirlos en su versión 1.0, hasta el 31 de marzo de 2023. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.

Así mismo, para quienes realicen pagos por concepto de ingresos por salarios, podrán emitir CFDI hasta el 31 de marzo de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2.

  • Décimo Sexto Transitorio
Se otorga prórroga del plazo para cumplir con el certificado de la correcta operación y funcionamiento de los programas informáticos en relación a los controles volumétricos hasta el 31 de julio de 2023, y en caso de requerimientos de la autoridad, aún no es un requisito exigible.

Finalmente, en los Anexos que se publicaron se dan a conocer las cantidades actualizadas del CFF, Ley Federal de Derechos e Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, así como las Tarifas para el pago de declaraciones aplicables a pagos provisionales, retenciones y anual.

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