Este 27 de diciembre, el SAT publicó las reglas generales de comercio exterior, en las cuales se establecen las disposiciones generales que permiten a las empresas cumplir fácilmente con sus obligaciones en materia de comercio exterior y aduanal, mismas que entrarán en vigor el 01 de enero de 2023.
Algunos de los cambios en estas nuevas disposiciones son:
- La adición del acrónimo DGR que hace referencia a la “Dirección General de Recaudación de la ANAM”.
- En cuanto a la transferencia de cuentas aduaneras de acuerdo a las nuevas disposiciones de la Regla 1.6.27 se deberá notificar a la TESOFE, y a las DGOA, DGIA, DGR de la ANAM.
- Se adiciona al procedimiento para la recuperación de abandonos establecido en la Regla 2.2.6, que no será aplicable este procedimiento cuando se cause abandono de manera expresa de acuerdo a las disposiciones de la Ley Aduanera. Este cambio entrará en vigor un mes posterior a la entrada en vigor de las RGCE para 2023, de acuerdo al primer transitorio.
- Se eliminaron las reglas que establecían la regularización de los vehículos usados.
- Se mantiene la obligación del Folio del CFDI con Complemento Carta Porte en la documentación aduanera a partir del 01 de agosto de 2023.
En conjunto se publicaron sus Anexos 2 y 13, los cuales establecen los trámites en materia de Comercio Exterior, y, las multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento, respectivamente. El resto de los anexos continúan vigentes.
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