Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenos días, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles en la realización de sus actividades empresariales y profesionales, a continuación le comentamos que el día de hoy, XX de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y su Anexo 24, misma que entrará en vigor el 1 de enero de 2015 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2015.
Mediante dicha Resolución, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones (del Libro Primero) aplicables a los distintos ordenamientos fiscales, en materia del Código Fiscal de la Federación (CFF), del Impuesto sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), de contribuciones de mejoras y derechos federales, de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), así como de los Decretos que otorgan diversos beneficios fiscales y facilidades para el pago de impuestos.
Asimismo, se incorpora el Anexo 24 que contiene el nuevo Catálogo de Cuentas así como el Código Agrupador de Cuentas del SAT, que deberán utilizar los contribuyentes obligados a llevar la contabilidad en medios electrónicos, a partir del 1 de enero de 2015 y de 2016, de acuerdo con el tipo de contribuyente de que se trate.
En este contexto, en breve enviaremos nuestros comentarios y análisis detallado respecto a las modificaciones, adiciones y eliminaciones de las nuevas y diversas reglas contenidas en la citada Resolución, que consideramos más significativas mediante el “TIP FISCAL” correspondiente.
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