El día de hoy, 22 de diciembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018, la cual entrará en vigor el 1 de enero de 2018 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, salvo ciertas excepciones a que hace referencia el Artículo Primero Transitorio de esta Resolución.
Asimismo, se dan a conocer los Anexos 1, 1-A, 3, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 17, 18, 19, 23, 25, 25-Bis, 27, 28, 29, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 (“RMF-2018”).
Se prorrogan los Anexos 2, 4, 9, 10, 12, 13, 20, 21, 22, 24, 26, 26-Bis, de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta misma RMF-2018.
También se modifica el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 y el Anexo 6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.
En breve enviaremos nuestros comentarios respecto a las modificaciones y adiciones de las diversas reglas contenidas en la citada Resolución, que consideramos significativas mediante el “TIP FISCAL” correspondiente.
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