El día de hoy, 28 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2020, la cual entrará en vigor el 1° de enero de 2020 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020, salvo ciertas excepciones.
Mediante dicha Resolución, se incorporan diversas reglas relacionadas con las Reformas Fiscales para 2020, en materia de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación así como de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020; aunado a otras modificaciones efectuadas a las disposiciones fiscales correspondientes.
Se destaca la inclusión de las siguientes reglas relacionadas con las Reformas Fiscales para 2020:
Terceros colaboradores;
Cancelación de sellos digitales;
Esquemas reportables;
Entidades y figuras jurídicas transparentes extranjeras;
Mecanismos híbridos;
Entidades controladas en el extranjero ubicadas en un REFIPRE; y
Servicios digitales (economía digital)
En breve enviaremos nuestros comentarios respecto a las modificaciones y adiciones de las diversas reglas contenidas en la citada Resolución, que consideremos más relevantes.
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