Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenas tardes, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles para su actividad empresarial y profesional, les informamos que el día de hoy se publicó en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria (SAT), los software actualizados correspondientes al SIPRED 2010 (Sistema de presentación del dictamen fiscal) y el SIPIAD 2010 (Sistema de presentación de la información alternativa al dictamen) los cuales se utilizarán para efectos de la presentación del dictamen fiscal de 2010 ó en su caso para presentar la información alternativa a que se refiere el artículo Tercero y Sexto del Decreto Presidencial publicado en el diario Oficial de la Federación (DOF) del 30 de junio de 2010.
Es importante señalar, que de acuerdo con el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que se encuentran en alguno de los supuestos establecidos en el citado artículo, están obligadas a dictaminar, en los términos del artículo 52 del CFF, sus estados financieros por Contador Público autorizado.
Adicionalmente el 30 de junio de 2010 se publicó en el DOF el decreto en el cual se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, en el cual destaca el artículo Tercero que establece que los contribuyentes de acuerdo con su nivel de ingresos, activos o trabajadores se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros o el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, según corresponda, por Contador Público autorizado, podrán optar por no presentar los dictámenes a que se refieren los artículos citados, siempre que presenten la información en los plazos y medios que, mediante reglas de carácter general, establezcan las autoridades fiscales correspondientes.
Ante esta situación, la opción para estar en posibilidades de aplicar lo establecido en el Decreto antes mencionado se ejerció a través del formato en el cual se presentó la Declaración anual del ejercicio de 2010 tal y como lo establece la Regla Miscelánea II.13.5.2.
Conforme a lo antes mencionado, destacamos los aspectos más relevantes sobre cada uno de los procesos que los contribuyentes aplicarán para el Dictamen del ejercicio de 2010.
- Dictamen Fiscal 2010 (SIPRED)
Cabe destacar, que hemos observado que para el caso de personas morales régimen general el software del SIPRED despliega 39 anexos de los cuales solo se habilitan para su llenado los correspondientes a cada tipo de contribuyente, así como la información del contribuyente, del contador, del representante legal, datos generales, cuestionarios de diagnostico fiscal, de precios de transferencia, notas, declaratoria, opinión, informe e información adicional.
No obstante, debemos señalar que la publicación de dichos anexos se realiza hasta el 24 de Mayo, lo cual deja muy poco tiempo a los contribuyentes para la preparación y revisión por parte del Contador Público de dichos anexos. Conforme a lo anterior, es indispensable que los contribuyentes destinen todos los recursos necesarios para el debido llenado de dichos anexos a efectos de cumplir en tiempo y forma con esta obligación.
Las fechas en que se deberán presentar dichos anexos son las siguientes:
LETRAS DEL RFC | FECHA DE ENVÍO |
De la A a la F | del 15 al 20 de junio de 2011 |
De la G a la O | del 21 al 26 de junio de 2011 |
De la P a la Z y & | del 27 al 30 de junio de 2011 |
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 11 de julio de 2011.
Es importante destacar que se ha mencionado la posibilidad de que se otorgue una prórroga para la presentación de dichos anexos de un mes, no obstante, incluyendo el mes pareciera poco tiempo, por lo cual, sugerimos se inicie de inmediato con la recopilación de la información necesario para el llenado de dichos anexos.
Esta información debe incluir, los cálculos de impuestos debidamente preparados, información financiera, información general de la empresa, estudios de precios de transferencia, etc.
Debemos recordar que el dictamen fiscal está siendo utilizado por las autoridades fiscales como un instrumento de fiscalización, por lo cual, resulta de vital importancia que el contribuyente cumpla adecuadamente con esta obligación.
Conforme a lo anterior, es importante se requisiten adecuadamente cada uno de los anexos del dictamen fiscal, con el objeto de que sean revisados por el Contador Público que los dictamine, proporcionándose información cierta y consistente que dé certeza a las autoridades fiscales de que se han cumplido con las obligaciones fiscales como contribuyente o retenedor y se evite alguna presunción de que no se ha cumplido alguna obligación fiscal o se ha cumplido incorrectamente.
Es importante destacar que la obligación de presentar el dictamen fiscal en tiempo y forma y con la información correcta es del contribuyente en primer lugar, independientemente de la obligación que tiene el Contador Público que dictamine los Estados Financieros, es decir, cualquier diferencia de impuestos que sea detectada por las autoridades fiscales debe ser pagada por el contribuyente.
- Información alternativa al Dictamen de 2010
Respecto de aquellos contribuyentes que optaron por presentar la información alternativa para 2010, sugerimos iniciar con el llenado del mismo toda vez que hemos observado que requiere un tiempo de preparación importante que pudiera generar problemas para el envío en tiempo de dicha información, en virtud del volumen de información requerido.
Las fechas que se establecen para la presentación de dicha información, son las siguientes:
LETRAS DEL RFC | FECHA DE ENVÍO |
De la A a la F | del 15 al 20 de junio de 2011 |
De la G a la O | del 21 al 26 de junio de 2011 |
De la P a la Z y & | del 27 al 30 de junio de 2011 |
Cabe señalar, que de no presentar la información a que se refiere este apartado en el plazo establecido, deberán presentar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, en términos de las disposiciones fiscales aplicables.
Debemos recordar que las autoridades fiscales han incrementado sus actividades de fiscalización con base en la información que le proporcionan los contribuyentes, por lo cual, resulta de vital importancia que se aseguren que se han cumplido todas y cada una de las obligaciones fiscales correspondientes al ejercicio 2010.
Para efectos de cerrar dicho ciclo, es de vital importancia que se prepare con extremo cuidado la información alternativa del dictamen a efectos de corroborar que se han cumplido con todas las obligaciones fiscales y evitar un acto de fiscalización por proporcionar información incorrecta o que derive en una presunción de una omisión de obligaciones fiscales y eventualmente estar listos para algún acto de fiscalización que seamos objeto como contribuyentes.
Es evidente que cada una de las opciones representa una carga importante de trabajo, la cual debe realizarse en un corto plazo; sin embargo, es importante se destinen los recursos técnicos y materiales para su cumplimiento correcto, así como en tiempo y forma.
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