Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenos días, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles en la realización de sus actividades empresariales y profesionales, a continuación le recordamos lo siguiente:
Cálculo de la prima de riesgo de trabajo para 2015
El próximo 2 de marzo del año en curso (por tratarse el 28 de febrero de un día inhábil) es la fecha límite en que los patrones deben efectuar la determinación de la prima de riesgo para el ejercicio de 2015, a través de los medios correspondientes, misma que tendrá vigencia a partir del 1 de marzo de 2015 y hasta el 28 de febrero de 2016.
Sujetos obligados
Los patrones, personas físicas y morales, que tengan trabajadores a su cargo están obligados a calcular su prima de riesgo con base a una revisión anual de su siniestralidad, es decir, la frecuencia o índice de accidentes o enfermedades de trabajo que sus empleados hayan tenido entre el 1 de enero y 31 de diciembre correspondiente al año o periodo de 2014, que se presenta de acuerdo con lo previsto por la Ley de Seguro Social (LSS) en vigor.
En este contexto, es importante señalar que la prima de riesgo correspondiente, podrá ser modificada, aumentándola o disminuyéndola, según el caso, en una proporción no mayor al uno por ciento (1%) con respecto a la cuota del año o periodo inmediato anterior.
Para tal efecto, se deberán tomar en consideración los riesgos de trabajo terminados durante el lapso que fije el Reglamento respectivo, con independencia de la fecha en que éstos hubieran ocurrido.
Determinación de los riesgos de trabajo
Se hace necesario efectuar un análisis de la siniestralidad, para efectos de preparar el cálculo de la prima de riesgo de trabajo que corresponda; considerando para tal efecto los riesgos así como las enfermedades de trabajo, a que hace referencia expresa la propia LSS.
Sujetos Exentos
Las empresas de reciente registro en el Instituto Mexicano del Seguro Social o que hayan cambiado de actividad, considerando los casos de riesgos de trabajo terminados, hasta que hayan completado un periodo anual del primero de enero al treinta y uno de diciembre, entre otros supuestos.
Medio de Presentación de la Declaración de la Prima de Riesgo
Para estos efectos, se requiere el Formato impreso “Determinación de la Prima en el Seguro de riesgo de Trabajo derivada de la de Revisión Anual de la Siniestralidad” CLEM-22 (Carátula) y CLEM-22A (Relación de casos de Riesgos de Trabajo Terminados), que se presenta directamente en la subdelegación de IMSS que corresponda al domicilio fiscal de la empresa. También, se podrá enviar vía IDSE utilizando la plataforma del SUA en el apartado de determinación de la prima de riesgo de trabajo.
Otras consideraciones
Cabe señalar que es necesario que los patrones implementen acciones preventivas, se generen expedientes detallados, y se dé el seguimiento oportuno a todos los accidentes ocurridos en la empresa, con el objeto de hacer eficiente el manejo y la correcta determinación de la prima de riesgo de trabajo, a efecto de disminuirla y no generar una mayor carga fiscal para la misma.
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