Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenas tardes, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles en la realización de sus actividades empresariales y profesionales, a continuación le recordamos lo siguiente:
Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio 2014
De conformidad con establecido en la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) en vigor a partir del inicio del ejercicio fiscal de 2014, las personas morales residentes en el país y los establecimientos permanentes en México de residentes en el extranjero, en su calidad de sujetos que tributan en el Título II del ordenamiento citado, están obligados a presentar declaración en la que se determine la utilidad fiscal (la utilidad gravable tratándose de sociedades cooperativas de producción) y el resultado fiscal del ejercicio 2014, así como el monto del ISR correspondiente y la base para el pago de la participación de los trabajadores en la empresa (PTU), como a continuación se indica:
Persona Moral | Fecha límite de presentación |
Régimen General del Título II | 31 de marzo de 2015 |
Régimen Opcional para Grupos de Sociedades (integradoras e integradas) | |
Régimen de los Coordinados | |
Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras | |
Régimen de los Coordinados cuando sus integrantes solo sean personas físicas | 30 de abril de 2015 |
Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras cuando sus integrantes solo sean personas físicas | |
Régimen de Consolidación Fiscal |
Artículo Noveno Transitorio fracción XVI de la Ley del ISR (aplicable a la sociedad controladora que se encuentre dentro del periodo de los cinco ejercicios).
Declaración por medios electrónicos
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) con fecha 17 de diciembre de 2014 a través de su página de internet dio a conocer la nueva plataforma que empezó a funcionar a partir del 2 de enero de 2015 para efecto de que las personas morales antes señaladas puedan presentar y enviar su “Declaración Anual 2014”; y en su caso pagar el ISR que corresponda a través del esquema de “Pago Referenciado”.
En el nuevo sistema de presentación de la declaración anual del ISR antes indicado podemos destacar lo siguiente:
- Permite guardar la información capturada hasta 30 días
- Se puede efectuar el pago en línea a través del portal del SAT o del portal bancario
- La aplicación de la plataforma puede ser descargable
Adicionalmente dicha plataforma cuenta con ocho formularios de presentación de acuerdo con el régimen en el que se tribute que se refieren al:
- Régimen General del Título II
- Régimen de Consolidación Fiscal
- Régimen de Consolidación Fiscal (ISR diferido)
- Régimen Simplificado (vigente en 2013)
- Régimen de las Personas Morales del Título III
- Régimen Opcional para Grupos de Sociedades
- Régimen de los Coordinados
- Régimen de las Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
Cabe señalar que de acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 30 de diciembre de 2014 se establece que la herramienta de presentación “DEM 2013” sigue vigente para efectos de la presentación de algunas declaraciones conforme a lo siguiente:
Ejercicio | Tipo de Declaración | Nueva plataforma | DEM 2013 |
2014 | Normal | SI | SI |
Complementaria | SI | NO | |
2013 y anteriores | Normal | NO | SI |
Complementaria | NO | SI |
Es recomendable que la declaración anual correspondiente al ejercicio de 2014 sea presentada a través de la nueva plataforma del SAT.
Aspectos relevantes en la presentación de la declaración anual
Dentro de los aspectos relevantes para efectos de una adecuada preparación y presentación de la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio de 2014 se hace necesario tener en consideración las siguientes situaciones fiscales particulares entre otras:
- Momento de acumulación de los ingresos y la revisión de los mismos
- Determinación del coeficiente de utilidad del ejercicio
- Costo de lo vendido
- Requisitos y nuevas limitantes a la deducción de salarios y gastos de previsión social
- Momento de interposición de los medios de defensa aplicables contra las limitantes de las deducciones y otros conceptos
- Requisitos y nuevas limitantes a la deducción de pagos efectuados a partes relacionadas residentes en el extranjero
- Requisitos aplicables a la deducción de créditos incobrables
- Acreditamiento del ISR pagado en el extranjero
- Aprovechamiento de los estímulos fiscales aplicables
- Determinación de los saldos de la CUFIN y de la CUCA al 31 de diciembre de 2001 y de 2013
- Diferencias en el cálculo de la base del ISR y la base para el pago de la PTU
- Elaboración o revisión de la información de las operaciones realizadas con partes relacionadas residentes en el extranjero (Anexo 9 mediante la utilización del programa Declaración Informativa Múltiple o “DIM”).
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