Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenos días, esperamos se encuentre muy bien.
INTRODUCCIÓN
El día 8 de septiembre de 2016, el Ejecutivo Federal entregó a la Cámara de Diputados la propuesta del “Paquete Económico” integrado por:
Los Criterios Generales de Política Económica.
La Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017.
El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017.
La Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación.
Adicionalmente, se presentó la Iniciativa de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos; y la Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.
En este contexto, el citado Paquete Económico para el ejercicio fiscal de 2017 será objeto de discusión, análisis y de su aprobación definitiva en el Congreso de la Unión; y por tanto, el mismo podría ser objeto de ajustes, adiciones o modificaciones, que en su caso se propongan por las distintas fracciones parlamentarias; además que se reitera que no habrá la creación de nuevos impuestos ni el incremento de los ya existentes.
Una vez que las modificaciones, adiciones y derogaciones de las diversas leyes fiscales contenidas en la Iniciativa de Decreto antes citada hayan sido finalmente aprobadas por el Congreso de la Unión, y se den a conocer mediante su publicación formal en el Diario Oficial de la Federación, enviaremos nuestros comentarios que consideremos más significantes con relación a las mismas.
En archivo adjunto encontrará nuestros comentarios con respecto a las diversas disposiciones fiscales contenidas en la Iniciativa de Decreto de referencia en materia del Impuesto sobre la Renta (ISR); del Impuesto al Valor Agregado (IVA); y del Código Fiscal de la Federación (CFF), que consideramos relevantes, así como de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 (“LIF”), mismas que entrarán en vigor a partir del día 1 de enero de 2017 (excepto por lo que respecta a la aceptación de cancelación de comprobantes fiscales regulada en el CFF, que entrará en vigor el primero de mayo de 2017).
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