Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenas noches, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles para su actividad empresarial y profesional, le informamos que el día de ayer se publicó en la página del SAT, el software que debe usarse para la declaración anual de personas físicas por el año 2011. A efectos de que usted se mantenga informado, a continuación enunciamos algunos puntos importantes a considerar en dicha declaración:
Este Software sustituye a todos los anteriores, es decir, todas las declaraciones anuales de personas físicas de años anteriores, independientemente si estas son normales o complementarias deberán presentarse ante esta autoridad en dicho software.
Recuerde que el plazo para presentar la declaración anual es solamente el mes de abril y entre antes lo haga mejor, ya que Las devoluciones automáticas darán inicio entre los días 9 y 13 de abril del 2012, siempre y cuando dicha declaración se presente electrónicamente.
Asimismo, es “indispensable” contar con la FIEL para la devolución de saldos a favor iguales o superiores a $ 13,970 pesos.
También es importante mencionar que si el importe solicitado en devolución excede de 150,000 pesos, dicha devolución, debe solicitarse a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
Para 2011 aplican las deducciones por “Pago de Colegiaturas” desde nivel preescolar hasta bachillerato o su equivalente, siempre y cuando, dichas deducciones hayan cumplido con lo establecido en el Decreto del 15 de febrero de 2011.
Otro punto que se debe considerar es que ya no se realizarán devoluciones por parte de la autoridad, si la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) señalada en la declaración corresponde a otra persona que no sea la que solicita dicho saldo.
Asimismo, recordar que las personas obligadas a presentar su declaración anual, son, entre otras, aquellas que obtengan ingresos por salarios superiores a $400,000 pesos en el año, no hayan trabajado el año completo para un patrón, hayan trabajado para dos o más patrones o hayan decidido presentar por sus propios medios dicha declaración previo aviso al patrón.
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