Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenas tardes, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarles información y elementos útiles para su actividad empresarial y profesional, les recordamos que en este mes de junio de 2012, existe información importante a destacar con relación al cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de presentación del “dictamen de contribuciones locales” por el ejercicio de 2011, a cargo de los contribuyentes establecidos en las diferentes entidades federativas, de las cuales resaltamos los siguientes puntos:
Distrito Federal.
Derivado de la publicación de las Reglas de Carácter General del 9 de marzo de 2012, la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal otorgó una prórroga a las empresas obligadas a dictaminar el cumplimiento de obligaciones de contribuciones locales, para efectos de la presentación del aviso y del dictamen correspondientes, estableciendo como fechas límite el 30 de marzo de 2012 para el aviso y el 31 de mayo de 2012 para la presentación del dictamen, respectivamente.
Vencidos los plazos anteriores, se debió presentar el dictamen respectivo el pasado 31 de mayo de 2012; sin embargo, como resultado de las pláticas y negociaciones que sostuvo el Colegio de Contadores Públicos de México, representado por la Comisión responsable en esta materia, las autoridades fiscales del Distrito Federal otorgaron una nueva prórroga para la presentación del dictamen de contribuciones locales, quedando como fecha limite el 30 de junio de 2012, para efectos de la presentación del “dictamen del cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 2011.
Cabe señalar que la prórroga antes mencionada será publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en los próximos días.
Oaxaca.
Por lo que se refiere a la presentación del “dictamen de obligaciones fiscales en el Estado de Oaxaca”, la fecha de vencimiento es el próximo 30 de junio de 2012, para aquellas empresas o contribuyentes, que se encuentre en los siguientes supuestos:
Impuesto sobre enajenación de automóviles, camiones y demás vehículos; las que hayan enajenado un promedio mensual de diez o más automóviles, camiones y demás vehículos de motor usados.
a) Rifas, sorteos, loterías y concursos; quien en el año inmediato anterior hayan obtenido ingresos superiores a $1’000,000.00 por estos conceptos.
b) Diversiones o espectáculos públicos; quien en el año inmediato anterior hayan obtenido ingresos brutos superiores a $2’000.000.00.
c) Impuesto sobre hospedaje; cuando en el ejercicio anterior hayan efectuado retenciones superiores a $50,000.00.
Impuesto sobre nóminas (ISN); las que en el año inmediato anterior hayan tenido un promedio mensual de 100 o más trabajadores.
Impuesto para el fomento a la alfabetización; quienes en el año calendario anterior hayan realizado erogaciones superiores a $300,000.00 por este concepto.
Impuesto a los ingresos por el uso o goce temporal de bienes inmuebles; quienes hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos superiores a $1’000,000.00 por este concepto.
Quintana Roo.
Por lo que se refiere a la presentación del “dictamen de obligaciones fiscales en el Estado de Quintana Roo, la fecha de vencimiento es el próximo 30 de junio de 2012, para aquellas empresas o contribuyentes, que se encuentre en los siguientes supuestos:
Impuesto sobre hospedaje; cuando en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos por este concepto superior a $15’000,000.00.
Impuesto sobre nóminas (ISN); promedio mensual de 100 trabajadores y/o las que hubieren realizado erogaciones superiores a $15’000,000.00 por sueldos y salarios.
Impuesto sobre extracción de materiales del suelo y subsuelo; si el impuesto causado es superior a $2’400,000.00.
Dictamen de estados financieros para efectos fiscales
Adicionalmente, cabe señalar que el Servicio de Administración Tributaria, a través de su página de Internet, ha dado aviso a los contribuyentes que se encuentran obligados a formular el dictamen de sus estados financieros para fines fiscales correspondiente al ejercicio de 2011, o a los que hubieran manifestado la opción de hacerlo, que no se ampliará la fecha de presentación del mismo, de tal manera que dicho dictamen deberá presentarse a más tardar, el próximo 30 de junio, excepto las sociedades controladoras que consolidan su resultado fiscal que tendrán como fecha hasta el próximo 15 de julio de 2012.
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