Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenos días, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles para su actividad empresarial y profesional, les informamos que el día de ayer lunes 17 de enero de 2011, se publicó en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la aplicación electrónica DEM 2011 que deberá utilizarse para la presentación de la Declaración Anual del ejercicio 2010 de las personas morales.
Como es de todos conocidos, la obligación de presentar la declaración anual vence el próximo 31 de marzo de 2011, sin embargo, vale la pena reflexionar en algunos casos sobre conveniencia de anticipar su presentación ya que pudieran tenerse, entre otros, los siguientes puntos a favor:
Estar en posibilidad de determinar y aplicar un coeficiente de utilidad real que pudiera ser menor que el que se utilizó en el ejercicio 2010 y con ello tenerse el beneficio de disminuir los pagos provisionales de ISR.
Levar a cabo la amortizar la pérdida fiscal determinada en el ejercicio 2010, contra la utilidad fiscal estimada para efectos de los pagos provisionales de 2011 teniendo en consecuencia la posibilidad de disminuir también los pagos provisionales e incluso eliminarlos.
En caso de existir saldos a favor, estar en posibilidad de recuperar los mismos a través del proceso de devolución o compensación según proceda, corresponda y sea más conveniente.
Estar en posibilidad de ejercer la opción de no presentar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, en caso de ser conveniente para el contribuyente.
Cabe señalar que el envió de la declaración del ejercicio de forma anticipada no obliga al pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) en forma anticipada, ya que el mismo deberá efectuarse a más tardar en el mes de mayo de acuerdo con lo previsto por la Ley Federal del Trabajo.
Asimismo, no dejamos de mencionar la conveniencia de llevar a cabo un análisis profundo para efectos de evaluar e identificar áreas de oportunidad de carácter fiscal o temas fiscales que pudieran no estarse considerando y sobre los cuales se pudieran generarse beneficios o contingencias relevantes (cumplimiento de requisitos, opciones fiscales, estímulos fiscales, etc.).
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