Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenos días, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles para su actividad empresarial y profesional, les informamos que el día de ayer lunes 14 de febrero de 2011, se publicó en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el “Decreto que otorga la Deducción de las Colegiaturas del Impuesto sobre la Renta”.
Para efectos de fortalecer la economía familiar y la educación de México el presidente de la República firmó el decreto que otorga la deducción de las colegiaturas del Impuesto sobre la Renta (ISR), del cual se tiene las siguientes aspectos:
Aplica a personas físicas, quienes podrán deducir para ISR las colegiaturas correspondientes a los niveles preescolar, primaria, secundaria, profesional técnico y bachillerato o su equivalente y aplica por cada hijo que se tenga en alguno de los niveles antes mencionados.
Dichas deducciones, se aplicarán para aquellas colegiaturas que el contribuyente pague mediante cheque nominativo o por medios electrónicos y corresponda para estudios del propio contribuyente, su cónyuge, sus hijos o sus padres.
La deducción de dichas colegiaturas se efectuarán a través de la declaración anual del contribuyente.
El límite para la deducción anual de las colegiaturas es la siguiente:
NIVEL EDUCATIVO | LIMITE ANUAL DEDUCIBLE |
Preescolar | $ 14,200.00 |
Primaria | $ 12,900.00 |
Secundaria | $ 19,900.00 |
Profesional técnico | $ 17,100.00 |
Bachillerato o equivalente | $ 24,500.00 |
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