Estimado(a) Ejecutivo(a):
Buenos días, esperamos se encuentre muy bien.
Con el fin de proporcionarle información y elementos útiles en la realización de sus actividades empresariales y profesionales, le comentamos que hemos tenido conocimiento recientemente de una tesis de jurisprudencia pendiente de publicación, aprobada en la sesión del pasado 29 de mayo de 2013, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que resuelve una contradicción de tesis que tiene como tema central; Determinar si el tope de un mes de salario como monto máximo de participación de los trabajadores en el reparto de utilidades (PTU) previsto en el artículo 127 fracción III de la Ley Federal del Trabajo (LFT) es aplicable solo a patrones que obtengan ingresos exclusivamente del cuidado de bienes que produzcan rentas o del cobro de créditos y sus intereses; o también a aquéllos que además de esa actividad reciben ingresos de otras operaciones”.
A reserva de analizar el contenido técnico de la jurisprudencia que sea publicada de manera oficial se puede entender que el tope de un mes de salario como monto máximo de PTU no sería aplicable a quienes además obtengan ingresos por la realización de otras actividades a las del cuidado de bienes que produzcan rentas o del cobro de créditos otorgados y sus intereses; situación que de confirmarse daría lugar a que esas empresas deban pagar la PTU sin la limitante de un mes de salario lo cual resultaría sumamente controvertido.
Una vez que la jurisprudencia o criterio en cuestión sea publicada oficialmente proporcionaremos nuestro análisis y comentarios definitivos a este respecto.
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