Derivado de la Reforma Fiscal de 2022, el contador público inscrito que con motivo de la elaboración del dictamen fiscal tenga conocimiento del incumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras o, en su caso, de la posible comisión de un delito fiscal por parte del contribuyente, este tiene la obligación de informarlo a la autoridad fiscal.
Para tales efectos, el SAT ha dado a conocer en su portal la ficha de trámite 318/CFF “Informe proporcionado por el Contador Público Inscrito respecto del incumplimiento a las disposiciones fiscales y aduaneras o de un hecho probablemente constitutivo de delito” para dar cumplimiento a la obligación de referencia.
Cabe destacar que dentro de los requisitos de la nueva ficha de trámite mencionada, se solicita al contador público inscrito, entre otros, que realice una explicación detallada e individualizada del incumplimiento o del hecho probablemente constitutivo de un delito fiscal, así como, proporcionar la documentación e información que considere suficiente para soportar la identificación de un posible delito fiscal.
El SAT dio a conocer lo anterior en su página de Internet, en la segunda versión anticipada de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, con fecha del 25 de mayo 2022, misma que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF.
Contáctanos para lograr Resultados Óptimos.
¡ASESÓRATE!