Se han publicado una serie de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022; a continuación, se comentan las reglas que consideramos relevantes:
- Plazo para la cancelación de los CFDI
Se ratifica la prórroga del plazo para efectuar la cancelación de los CFDI emitidos en ejercicios anteriores al ejercicio fiscal 2022, a más tardar el próximo 31 de diciembre de 2022.
Por lo tanto, aquellos contribuyentes que a la fecha tienen CFDI expedidos pendientes de cancelar de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal 2022, podrán proceder a efectuar las cancelaciones correspondientes, sin incurrir en multas o sanciones, hasta la fecha antes señalada.
- Modificación o incorporación de información de socios o accionistas
Se modifica la ficha de trámite 295/CFF “Solicitud de modificación o incorporación de socios, accionistas, asociados y demás personas que forman parte de la estructura orgánica de una persona moral, así como de aquéllas que tengan control, influencia significativa o poder de mando”; misma que incluye el procedimiento detallado y requisitos a seguir cada vez que, entre otros, ocurran cambios en la estructura accionaria de las sociedades.
- Informe proporcionado por el contador público inscrito respecto del incumplimiento a las disposiciones fiscales y aduaneras o de un hecho probablemente constitutivo de delito
Desafortunadamente, se confirma la obligación del contador público inscrito que con motivo de la elaboración del dictamen fiscal tenga conocimiento del incumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras o, en su caso, de la posible comisión de un delito fiscal por parte del contribuyente, en cuyo caso, este debe informarlo a la autoridad fiscal.
En este contexto, se publicó la ficha de trámite 318/CFF “Informe proporcionado por el Contador Público Inscrito respecto del incumplimiento a las disposiciones fiscales y aduaneras o de un hecho probablemente constitutivo de delito”, para efecto de dar cumplimiento a la obligación de referencia.
- Contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal por ser partes relacionadas de los sujetos obligados a dictaminar sus estados financieros
Tratándose de contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal como parte de la declaración del ejercicio, por ser partes relacionadas de personas morales quienes estén obligados a dictaminar sus EEFF fiscalmente, únicamente cumplirán con dicha obligación de informar cuando en el ejercicio fiscal objeto a dictaminación, hayan llevado a cabo operaciones con las personas morales de referencia, cuya cantidad exceda de $13,000,000.00 por la realización de actividades empresariales, o bien, de $3,000,000.00 en el caso de prestación de servicios profesionales.
Dichas reglas forman parte de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, publicada en el DOF, el día de hoy, 9 de junio de 2022, con vigencia al día siguiente al de su publicación.
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