Se extiende el plazo de convivencia entre el CFDI versión 3.3 y la versión 4.0, por lo que los contribuyentes obligados a emitir CFDIs podrán optar por emitirlos en su versión 3.3, y su versión 1.0 por lo que respecta al CFDI que ampara retenciones e información de pagos, hasta el próximo 31 de diciembre de 2022; por lo tanto, la emisión de la versión 4.0 del CFDI será obligatoria a partir del 1° de enero de 2023.
La facilidad anterior también será aplicable a los complementos así como a los complementos concepto, compatibles con las versiones 3.3 y 1.0.
El SAT dio a conocer lo anterior en su página de Internet, en la primera versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, el día de hoy, 9 de junio de 2022, misma que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF.
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