El día de hoy, 21 de abril de 2020, se publicó en el DOF, versión vespertina, el ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del mismo; mediante el cual se establece la extensión del plazo de suspensión de actividades no esenciales hasta el 30 de mayo de 2020, que corresponden a los sectores público, social y privado.
Cabe destacar, que la suspensión de las actividades no esenciales, dejará de implementarse a partir del 18 de mayo de 2020 en aquellos municipios del territorio nacional, que a dicha fecha presenten baja o nula transmisión del virus, estableciéndose que la Secretaría de Salud definirá los criterios de evaluación para estos efectos.
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