Como consecuencia de la entrada en vigor del T-MEC, y en cumplimiento a lo ya previsto en nuestra legislación, resulta importante que hoy toda empresa mitigue cualquier acto de corrupción dentro de su estructura organizacional y comercial.
En ese orden de ideas, es una realidad que HOY las empresas mexicanas pueden ser acreedoras de sanciones administrativas y/o penales por la ejecución de actos de corrupción a través de sus funcionarios y/o representantes legales, ocasionándoles sanciones que van desde: (i) penas pecuniarias; (ii) decomisos; (iii) suspensión temporal de actividades: y (iv) disolución forzada de la empresa; entre otros (sin considerar las consecuencias negativas en su reputación).
En ese mismo sentido, la Secretaría de la Función Pública ha creado el “Padrón de Integridad Empresarial”, el cual busca reconocer a las empresas que cuenten con las mejores prácticas corporativas, es decir, de alguna manera premiar a aquellas empresas que muestren un comportamiento ético en sus operaciones, con sus colaboradores y proveedores; para esas empresas, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de la Función Pública, otorgará un Distintivo de Integridad Empresarial, el cual le otorgará beneficios principalmente a aquellas empresas que participen en licitaciones y/o contrataciones directas con el Gobierno Federal.
Por lo anterior, recomendamos realizar una revisión integral de sus estatutos sociales, contratos, políticas, manuales, procesos y comités, procurando contar con al menos los siguientes puntos:
- Cláusula anticorrupción dentro de sus estatutos y/o contratos comerciales;
- Manual de organización y procedimientos;
- Código de conducta;
- Sistemas adecuados y eficaces de control, vigilancia y auditoría;
- Sistemas adecuados de denuncia, tanto al interior de la organización como a autoridades;
- Sistemas y procesos adecuados de entrenamiento y capacitación; y
- Políticas de recursos humanos.
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