Las personas físicas o morales que, por su operación, realizan una o más Actividades Vulnerables, deben presentar un aviso o informe a más tardar el 17 del mes siguiente en que se realizó el acto u operación a través del Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).
Dicho aviso se enviará de forma electrónica y deberán contener lo siguiente:
- Datos generales de quien realiza la Actividad Vulnerable.
- Datos generales del Cliente o Usuario o, en su caso, del Dueño Beneficiario, así como información sobre su actividad preponderante.
- Descripción general de la Actividad Vulnerable.
En caso que dicho contribuyente no haya llevado a cabo actos u operaciones que sean objeto del aviso durante el mes que corresponda, deberán de enviar un informe llenando los campos relativos a la identificación de quien realice la Actividad, el periodo que corresponda, así como el señalamiento de que en el periodo correspondiente no se realizaron actos u operaciones.
Sugerimos tomar en cuenta dichos plazos, para evitar caer en incumplimientos y posibles multas.
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